A todos nos gustaría vivir en un entorno sin ruidos, sin embargo, las actividades diarias en la dinámica de una comunidad de propietarios están inmersa en una serie de ruidos. Lo cierto es que muchos de estos ruidos, cumpliendo una normativa municipal y de convivencia, se consideran permitidos.

Por ejemplo, las obras de reformas, actividades deportivas, el día a día de una familia, el uso de electrodomésticos, entre otras, siempre que se realicen dentro de las horas adecuadas son actividades que no pueden ser denunciadas. Por ello, es importante saber que, son las Comunidades Autónomas y los ayuntamientos los que han de determinar la normativa que rige la realización de estos ruidos y determina cuando sobre pasan los límites de convivencia sana.

Ahora bien, cuando estas normas se incumplen es cuando se interpone una denuncia. Antes de esto es recomendable ponerlo en conocimiento directo e inmediato causante del delito. Es decir, explicarle al vecino que sus ruidos te molestan. Si no reacciona, debes comunicarlo a la comunidad de propietarios para que se trate el conflicto en una reunión y sea esta quien solucione, pero si no lo hace se puede y debe proceder a una demanda ante los tribunales.

Los pasos para realizar una denuncia son los siguientes:

Conciliación entre vecinos: es la vía más recomendable, pues se trata de resolver el conflicto entre los afectados de una manera amistosa.

Denuncia ante la junta: pedir que el administrador intervenga para la búsqueda y obtención de una resolución favorable para todos.

Denunciar ante la policía: esto no solo permite llevar a cabo una advertencia más agresiva que sirva que puede solventar el problema, sino que permite dejar constancia del incidente como prueba para una denuncia más formal en caso de no resolverse el conflicto.

Recurrir a la vía judicial: Hay diversas vías a las que recurrir e, incluso en ocasiones, puedes recibir una indemnización por los daños sufridos por causa del ruido.

  • Vía administrativa. Es la denuncia interpuesta mediante escrito dirigido al Ayuntamiento exponiendo los detalles del problema.
  • Vía contencioso-administrativa. Puede denunciarse la inactividad de la
    Administración o su actuación ilegal, reclamar indemnización por las
    consecuencias de sus acciones u omisiones.
  • Vía judicial civil, contra el causante de los ruidos. Es una demanda ordinaria reclamando daños o perjuicios por culpa o negligencia. Si el causante del ruido vive de alquiler, el propietario del piso puede resolver el contrato de arrendamiento; si es propietario, la comunidad puede entablar un procedimiento judicial para conseguir el cese de la actividad. En casos extremos, se le puede privar, de forma temporal, del derecho al uso de la vivienda.
  • Vía judicial penal. Si el ruido es una fuente de grave riesgo para la salud, se debe presentar denuncia o querella ante el juzgado. Es conveniente contar con testigos y certificados médicos que hagan constar el efecto posible de los ruidos sobre la salud.

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